La sanción de esta ley busca establecer la obligatoriedad de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.

La sanción de esta ley, el 28 de febrero pasado, obtuvo 227 votos positivos, 2 negativos y cero abstenciones el mismo día que se sancionara la moratoria previsional. Busca establecer la obligatoriedad de que los pacientes tengan acceso libre a su historia clínica mediante un sistema digitalizado en todo el país.

El caso de Lucio Dupuy

¿Recordas a Lucio? Todos recordamos a Lucio. Lucio es un niño que murió por la violencia que ejercieron personas adultas sobre él. Todos conocemos con más o menos detalles, la horrible forma en que él murió y a todos nos conmueve y llena de impotencia y bronca.

La historia clínica digital hubiera sido UNA DE LAS FORMAS de evitar su muerte. Si sus asesinas le llevaban a una salita y luego a otra para disimular las huellas de la violencia que ejercían sobre él, no podrían haber sido pasado por alto por el sistema de salud. Porque los responsables de la salud hubieran visto la frecuencia de las heridas y “accidentes” frente a sus ojos en ese registro. Lo que hubiera despertado las alarmas que no se activaron, en todos los sistemas de protección.

Disculpas por los hubiera, hubiese, es que no pasó. Pero ahora el sistema de salud tiene una posibilidad.

Historia digital única

Además de este caso, que es más que suficiente para demostrar la utilidad de la historia clínica digital esta ley prevé la creación del Programa Federal Único de Informatización y Digitalización de las Historias Clínicas de la República Argentina. Tiene la finalidad de instaurar, en forma progresiva, el Sistema Único de Registro de Historias Clínicas Electrónicas. El objetivo es garantizar que en todo el país haya una historia digital única para todas las personas, pertenezcan a la atención pública o a la privada.

En dicho sistema se dejará constancia de toda intervención médico-sanitaria a cargo de profesionales y auxiliares de la salud, que se brinde en el territorio nacional. Ya sea en establecimientos públicos del sistema de salud de jurisdicción nacional, provincial o municipal, y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, como en establecimientos privados y de la seguridad social.

Uno de los beneficios es económico: cuánta medicación, re-medicación, estudio, re estudio y meta estudio se hacen sin que haya una centralidad de INFORMACIÓN de los pacientes. Muchas de las decisiones médicas devienen de la información que se tiene, que no siempre es buena o está completa.

Damos la bienvenida a esta ley y quedamos a la espera de su pronta y seria implementación.

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